sábado, 6 de junio de 2009

AUTONOMOS EN UK

Darse de alta como autónomo en el Reino Unido es muy sencillo. Deben darse de alta todos aquellos trabajadores que no estén empleados por una empresa que les deduzca las cantidades necesarias para las contribuciones de la seguridad social (NIC), así como todos aquellos que tengan una fuente de ingresos por trabajos realizados por cuenta propia al margen de un puesto con contrato en una empresa.

Existe un período de tres meses desde que se inicia la actividad por cuenta propia para darse de alta; si no se realizan los trámites oportunos en ese tiempo (desde la fecha de emisión de la primera factura), el departamento de HM Revenue&Customs impondrá una sanción económica, que dependerá de cuánto se haya excedido el plazo. Si hay un motivo justificado por el cual el trabajador no ha podido declarar su actividad en los tres meses estipulados, debe mencionarse, bien en el formulario de inscripción como trabajador autónomo, bien por teléfono, y la sanción se puede evitar.

La inscripción como autónomo puede realizarse por teléfono o, mejor para los extranjeros, por correo ordinario. Los empleados de HMRC son muy amables y hablan perfectamente claro, pero se evitan malentendidos al deletrear los datos personales, y el envío sale más barato que la llamada. El formulario que hay que rellenar puede descargarse de la página de HMRC, www.hmrc.gov.uk, pero también lo adjunto al final de este artículo del wiki, por si os interesa echarle un vistazo. Además, hay que incluir el Direct Debit Mandate, con los datos del banco, para domiciliar el pago de las contribuciones a la seguridad social; lo adjunto debajo. También puede prescindirse de este último documento y realizar el pago activamente, es decir, pidiendo que te envíen una factura. En ese caso, la factura se enviará trimestralmente. Si no dispones de un número de la seguridad social (NIN) antes de registrarte como autónomo, la inscripción iniciará automáticamente los trámites para concederte uno.

Los umbrales de renta a partir de los cuales es necesario incluir el IVA (VAT) son muy elevados, por lo cual una persona que recién se plantee empezar a trabajar por su cuenta no necesitará calentarse la cabeza con el VAT. La contribución que paga un empleado autónomo a la seguridad social son de clase 2 (class 2), a menos que:

- Hayas superado la edad de jubilación y aún así estés trabajando (60 años para mujeres, 65 para hombres).
- Estés casada o viuda y tengas un certificado especial de pago reducido.
- Estés ganando anualmente una cantidad inferior a aproximadamente 5000 GBP anuales (datos exactos en la página arriba mencionada), con lo cual tendrás un certificado de ganancias reducidas.

Si, por el contrario, los ingresos han sido muy elevados y solamente se ha pagado la contribución de clase 2 a lo largo del año (este año 2007/2008 eran 2,20 GBP/semana, para el próximo va a subir un poquitín), el resultado de la declaración traerá a pagar la llamada contribución de clase 4 (class 4 contribution), que se calcula según las ganancias que cada autónomo ha tenido en el año fiscal. Doy una cantidad orientativa, puesto que el umbral varía cada año y la cantidad a pagar depende de lo que se declare en los papeles: para el caso general, un autónomo a tiempo completo, ha de pagarse la contribución de clase 4 si se superan las 34.000 GBP/año fiscal 2007/2008. También es aplicable este pago si además de ser autónomo (pagando contribución de clase 2) se está trabajando para una empresa (la empresa descuenta la contribución de clase 1) y se supera una cantidad anual.

Al terminar el año fiscal (abril) recibes tus papeles (Tax Return) para hacer la declaración de la renta (self-assesment). Para hacerla es necesario guardar todos los documentos relacionados con tu actividad laboral: principalmente, facturas emitidas/recibidas y extractos bancarios desde el inicio del año fiscal o de la actividad por cuenta propia. Por lo general, sólo los trabajadores que realizan una actividad por cuenta propia necesitan hacer la declaración de la renta; quienes están empleados por una empresa y no tienen otros ingresos no tienen que declarar nada, pues es su empresa la que les descuenta las contribuciones exactas para la seguridad social según el número de horas trabajadas y su tipo de trabajo.

http://www.spaniards.es/archivos/Self%20employment%20form.pdf

http://www.spaniards.es/archivos/Direct%20Debit.pdf




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